Regl. 9656, art. 4 dup2
REGLAMENTO 31, REGLAMENTO DE COMPRAS DE LA OFICINA DEL CONTRALOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9656, Art. 4 dup2
PROHIBICIÓN POR DISCRIMEN
Las normas de la Oficina prohíben el discrimen por cualquier motivo prohibido
por ley. Para propósitos de este Reglamento, se debe entender que todo término
utilizado para referirse a una persona o puesto es sin alusión de géneros.
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4.1.
Definiciones
Para propósitos de este Reglamento, se definen los siguientes términos:
Artículos:
Cualquier mercancía adquirida O que se pueda
adquirir.
Asuntos:
Se refiere a aquellos en que el funcionario o
el empleado haya participado personal y
sustancialmente y que ocurrieron mediante
decisión, aprobación o desaprobación,
recomendación, consejo O investigación
particular que involucre partes específicas. No
incluye la intervención o participación del
funcionario 0 empleado en la promulgación de
las normas o los reglamentos de aplicación
general o de directrices e instrucciones abstractas
you
que no aludan a situaciones particulares o casos
específicos.
Ausencia:
Se refiere cuando un miembro permanente de la
Junta de Subastas no puede asistir a una O más
reuniones de esta Junta en que se requiere
quórum para evaluar las propuestas de una
subasta, discutir las especificaciones o
las condiciones de una subasta O tomar alguna
decisión final, por razón de enfermedad, disfrute
de vacaciones regulares, ausencia prolongada
debido a un viaje oficial 0 asignación especial de
trabajo efectuada por la Contralora.
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Bien excedente:
Aquel que se determine por la Oficina que no es
necesario, aunque mantiene un valor económico.
Certificado de
Certificación expedida por la Administración de
Elegibilidad:
Servicios Generales del Gobierno de Puerto Rico
(ASG) o por la Oficina, acreditativa del
cumplimiento por parte de un licitador de los
requisitos necesarios para pertenecer al Registro
Único de Licitadores de la ASG (RUL) o al
Registro de Licitadores Cualificados de la
Oficina.
Código de Ética de
Se establece para disuadir cualquier intento de
Proveedores:
conducta contraria a la ética y a las normas de
sana administración pública. Tiene el propósito
you
de contribuir a la transparencia de los procesos
de contratación y el suministro de artículos,
equipos, materiales, servicios no profesionales o
a la realización de obras en la Oficina.
Compra:
Medio de adquirir artículos, materiales, equipos,
obras o servicios no profesionales a cambio de
un pago en moneda legal, tarjeta de crédito o a
cambio de la entrega de otro bien de igual o
similar valor.
Conflicto de intereses:
Aquella situación en la que el interés personal o
económico del funcionario 0 empleado que va a
realizar la compra 0 sea parte del proceso de
compras, de personas relacionadas con este o del
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contratista, está 0 puede razonablemente estar en
pugna con el interés público.
Contralora:
Contralora del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico.
Contratista:
Toda persona natural o jurídica o grupo de
personas, incluidos los licitadores, que
establezcan o interesen entablar una relación
contractual con la Oficina para la venta de
artículos, materiales o equipos; realizar obras; o
prestar servicios no profesionales.
Contrato:
Documento escrito en el que una o varias
personas o entidades, consienten en dar alguna
cosa o prestar algún servicio relacionado con
you
fondos o propiedad pública. Este término incluye
también las escrituras, los acuerdos, enmiendas a
los mismos, los documentos complementarios,
las acciones que los rescindan, y cualquier otro
documento que la Contralora establezca.
Emergencia:
Necesidad inesperada e imprevista causada por
calamidades fuera del alcance humano, o por
cualquier perturbación grave en el orden público
en la que se requiere acción inmediata. Esto por
alguna de las siguientes razones: (1) estar en
peligro la vida 0 la salud de una O más personas,
(2) estar en peligro de dañarse 0 perderse la
propiedad pública, (3) estar en peligro de
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?
suspenderse 0 afectarse adversamente el
funcionamiento de la Oficina. También se
entiende por emergencia aquella situación en que
la Contralora determine que la oportunidad para
adquirir los artículos, los materiales o
los equipos puedan perderse y afectar
adversamente el buen funcionamiento de la
Oficina.
Empleado:
Persona que ocupa un puesto en la Oficina que
no está investido de parte de la soberanía del
Estado, y comprende los empleados regulares,
los de confianza, los de nombramiento
transitorio y los que se encuentran en período
you
probatorio.
Equipo capitalizable:
Todos los bienes muebles de naturaleza
relativamente permanente que tienen vida útil de
por lo menos dos años y que pueden usarse
repetidamente, sin cambiar de naturaleza o
consumirse. Tienen un costo por unidad de $500
0 más. Ambas condiciones tienen que darse.
Equipo no
Todos los bienes muebles cuyo costo sea entre
capitalizable:
$100 y $499.99. Este equipo se enumera para
propósitos de control.
Especificaciones:
Conjunto de características primordiales de los
artículos, los materiales, los equipos, las obras 0
los servicios no profesionales que se interesan
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adquirir. Estos son señalados como referencia
para cada partida de una solicitud de compra o de
una subasta, así como las características físicas,
las funcionales, las estéticas y de calidad con que
se describen.
Fianza de Ejecución
Garantía o cantidad de dinero que se le requiere a
(Performance Bond):
un licitador para asegurar el cumplimiento de
una obligación contraída. La misma puede ser
prestada por compañías de seguros autorizadas a
hacer negocios en Puerto Rico por la Oficina del
Comisionado de Seguros O mediante cheque
certificado o giro postal.
you
Fianza de Licitación
Respaldo provisional que tiene que presentar el
(Bid Bond):
licitador para asegurar que va a sostener su oferta
durante todo el procedimiento de la subasta. La
misma puede ser prestada por compañías de
seguros autorizadas a hacer negocios en
Puerto Rico por la Oficina del Comisionado de
Seguros O mediante cheque certificado o giro
postal.
Fraccionamiento:
Se entiende por fraccionamiento cuando para un
mismo destino, sobre un mismo bien, servicio u
obra, y con el presupuesto disponible, a
sabiendas, se emite más de una orden a uno 0
varios licitadores, ninguna de la cuales excede la
cuantía máxima autorizada a la Sección
de Compras.
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Funcionario:
Persona que está investida de parte de la
soberanía del Estado o que ocupa un cargo O
puesto en la Oficina que interviene en la
formulación o implementación de la política
institucional.
Junta de Subastas:
La Junta de Subastas de la Oficina. El organismo
administrativo, autónomo y separado de la
Oficina encargado del estudio, la evaluación y
la adjudicación de las subastas formales, cuyas
funciones se establecen en este Reglamento.
Licitador:
Cualquier persona natural o jurídica registrada en
el RUL o el Registro de Licitadores Cualificados
yrs
de la Oficina que participe o pueda participar
como postor en determinado proceso de
licitación mediante la presentación de una oferta
o propuesta.
Materiales o
Objetos necesarios para el desempeño de un
suministros:
trabajo, servicio O para la realización de una obra
cuya vida útil, por lo general, no excede de 2
años y al usarse pueden cambiar de naturaleza o
consumirse. El costo por unidad, por lo general,
no excede de $100.
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Mejor Postor:
Licitador que presenta una propuesta u oferta, la
cual no necesariamente cotiza el precio más bajo,
pero sí cumple con todas las especificaciones y
las condiciones requeridas por la Oficina,
siempre y cuando responda a los mejores
intereses de esta.
Mercado abierto:
Procedimiento para adquirir bienes o servicios
no profesionales cuyo importe total estimado
excede de $0.01 hasta $50,000 o que se utiliza
cuando la adquisición de los mismos esté exenta
por ley o reglamento de subasta informal o
formal. Requiere la solicitud de cotizaciones
you
verbales o escritas a un mínimo de tres
proveedores, salvo las excepciones establecidas
en este Reglamento.
Obra:
Cualquier trabajo de construcción,
reconstrucción, alteración, ampliación, mejora,
reparación, conservación o mantenimiento de
cualquier estructura.
Oferta o Propuesta:
Ofertas o propuestas que presentan los
licitadores o proponentes como respuesta a un
aviso de subasta o solicitud de propuesta.
También es la oferta presentada por un suplidor
O proponente de servicio ante la solicitud de
cotización como parte del proceso de compra
informal.
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Orden de Compra:
Documento que contiene la información del
suplidor agraciado y detalla la adjudicación de
bienes específicos, acuerdo, entrega, descuentos
por pronto pago, cantidad solicitada y precios
ofertados por el proveedor.
Oficina peticionaria:
Cualquier unidad operacional de la Oficina que
solicite la compra o la adquisición de materiales,
equipos 0 servicios no profesionales.
Persona:
Persona natural, jurídica o grupos de personas o
asociaciones, incluidos los licitadores, que
interesen entablar con la Oficina una relación
contractual, comercial o financiera, o que han
you
perfeccionado un contrato para la entrega de
bienes o la prestación de servicios a la Oficina
conforme a las obligaciones contraídas en el
contrato que medie entre las partes.
Procedimiento
Procedimiento competitivo de compra autorizado
Extraordinario de
Solicitud de
por la Contralora o su representante cuando se
Propuestas Selladas:
estima que el proceso de subasta para una
compra específica no es práctica o ventajosa o
requiere un proceso de negociación.
Proveedor:
Persona que suministra artículos, materiales,
equipos, obras o servicios no profesionales.
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Quórum:
Se refiere al número de miembros de la Junta de
Subastas que se requiere asistan a las reuniones
para que la Junta se encuentre formalmente
constituida y pueda proceder a tomar decisiones
finales.
Recepción:
Área localizada en la sede principal de la Oficina
designada para recibir documentos y atender
visitantes.
Receptor Oficial:
Empleado nombrado por la Contralora y que
ocupa un puesto de carrera, el cual ha sido
designado para recibir los materiales,
you
los equipos, las obras y los servicios no
profesionales adquiridos por la Oficina.
El nombramiento está vigente hasta que la
Contralora lo determine y queda sin efecto si el
empleado cesa en sus funciones o se traslada de
sección o división.
Regalo:
Incluye, entre otros, dinero, bienes, O cualquier
objeto, oportunidad económica, propina,
concesión, beneficio, descuento o atención
especial.
Registro de
Lista de proveedores que mantiene la Oficina O
Licitadores
Cualificados:
el RUL, los cuales han cumplido con los
requisitos y las normas establecidas para
participar en el proceso de compras.
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Servicios no
Aquellos servicios que no requieren
profesionales:
conocimientos o habilidades especializadas o en
los que no es necesaria la intervención directa de
una persona natural o jurídica para su
realización.
Servicios
Aquellos servicios que son ofrecidos por una
profesionales
persona natural o jurídica con conocimientos o
habilidades especializadas a quien se le requiere
poseer un título universitario o licencia que lo
acredite como profesional especializado o cuya
prestación principal consista del producto de la
labor intelectual, creativa O artística o el manejo
y la experiencia sobre destrezas altamente
técnicas o especializadas de nivel universitario.
Solicitud de Compra
Formulario de uso interno que oficializa la
petición para la adquisición de un bien o un
equipo o material 0 un servicio.
Subasta formal:
Procedimiento que se utiliza para compras cuyo
importe total estimado excede de $150,000.01.
Subasta informal:
Procedimiento que se utiliza para compras en
que el importe total estimado excede de
$50,000.01 hasta un máximo de $150,000.00.
Supervisora
Supervisora administrativa de compras
Administrativa:
encargada de realizar las gestiones de compras.
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Transacción:
Acto de una o más personas para lograr la acción
y el efecto de negociar mediante la compra y la
venta 0 la permuta de géneros, mercaderías o
valores para lograr u obtener algún provecho,
conveniencia, interés o fruto.
Unidad familiar:
Aquellos cuyos asuntos financieros están bajo el
control del servidor público.
Urgencia:
Necesidad inesperada, imprevista y apremiante
de adquirir un bien 0 servicio para poder realizar
una actividad o cumplir con un trabajo que
you
requiera acción inmediata, y que no refleje falta
de planificación.
4.2.
Documentos de Referencia
Ley 2-2018, Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico (Ley 2),
según enmendada
Ley 33-2019, Ley de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio
Climático de Puerto Rico, según enmendada.
Ley 73-2019, Ley de la Administración de Servicios Generales para la
Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019,
según enmendada
Norma ISO 9001:2015 Norma Internacional de Sistema de Gestión de la
Calidad.
Procedimiento P-G-1, Control de la Reglamentación.
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