Regl. 9656, art. 7 dup2
REGLAMENTO 31, REGLAMENTO DE COMPRAS DE LA OFICINA DEL CONTRALOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9656, Art. 7 dup2
MÉTODOS ALTERNOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS NO PROFESIONALES
7.1.
Trade-In
Se utiliza para adquirir un bien nuevo a cambio de la entrega de otro bien
similar usado y previamente tasado. El valor de tasación del bien que se
entrega se acredita y la diferencia es pagada en dinero al proveedor.
Esta modalidad se puede utilizar, además, en compras a plazos. En este caso al
momento de efectuar la compra se entrega el bien usado y el valor de tasación
se acredita al precio de venta. La diferencia se puede pagar completa o
mediante desembolsos parciales por cantidades previas determinadas y
acordadas por un período específico. Sólo se pueden dar en trade-in aquellos
bienes que se hayan declarado excedentes.
7.2.
Permuta
En esta modalidad de compra se permite entregar un bien a cambio de otro
igual 0 similar en valor sin que medien otras consideraciones para el pago.
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En algunos casos se puede efectuar parte del pago con un bien y la otra parte
en dinero.
En aquellos casos en que se determine efectuar una permuta aplica lo
siguiente:
Se indica el propósito y se justifica la misma.
Se describen y tasan los bienes a permutarse.
Se solicitan las autorizaciones que correspondan.
La permuta puede llevarse a cabo siempre y cuando responda a un fin público
y se trate de bienes como los siguientes: vehículos de transportación, equipo de
oficina o equipo electrónico y cualquier otro equipo utilizado por la Oficina.
7.3.
Arrendamiento
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En aquellos casos en que la Oficina considere la posibilidad de adquirir
vehículos de motor, equipo de oficina o de otra naturaleza mediante
arrendamiento con opción a compra 0 arrendamiento por un término fijo de
tiempo, se debe cumplir con lo siguiente:
El tipo de arrendamiento que determine realizar la Oficina debe justificarse
por escrito y expresar las razones para esto.
Se solicitan ofertas a un mínimo de tres proveedores, salvo aquellos casos
en que no se conozcan o no existan suficientes, O por circunstancias
extraordinarias que justifiquen obtener ofertas de un número menor de
proveedores.
Las ofertas deben ser firmadas por el proveedor O su representante
autorizado y contener la fecha de la oferta, el término por el cual el
proveedor se obliga a mantener la oferta, una descripción de lo ofrecido y
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el precio, y cualquier otra información particular que Compras requiera
para el tipo de compra concernida.
Las ofertas por escrito se pueden recibir por correo, a la mano y por
facsímil. También se pueden recibir por internet, mediante correo
electrónico, siempre y cuando contengan una firma electrónica.
7.4.
Procedimiento Extraordinario de Solicitud de Propuestas Selladas
Este procedimiento alterno a las subastas, se utiliza cuando la Contralora o su
representante autorizado estime que el proceso de subasta para una compra
específica contemplada por la Oficina no responde a los mejores intereses o
a las necesidades de la Oficina. La Contralora o su representante autorizado
pueden autorizar una compra mediante Solicitud de Propuestas Selladas en
casos excepcionales. La autorización, y las circunstancias que justifican el uso
de este procedimiento, deben constar por escrito y conservarse en el expediente
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correspondiente.
La autorización de la Contralora o de su representante autorizado, en
coordinación con Compras, establecen las normas y los requisitos que van a
aplicarse para la adjudicación. En caso de dudas, se aplican los procedimientos
dispuestos en este Reglamento para la adjudicación de una subasta, salvo que
la Contralora disponga otra cosa.
Compras procede a solicitar las propuestas por invitación y con cualificación
de los licitadores invitados. Una vez recibidas las propuestas, la Contralora
designa un Comité Evaluador para estudiar las que se reciban para esa compra
en particular. El Comité Evaluador se compone de tres miembros, de los cuales
al menos uno debe conocer de la materia o haya participado de procesos
relacionados con la misma. Este hace su evaluación y mantiene la
confidencialidad de toda la información que reciba durante las evaluaciones de
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las propuestas. De necesitar mayor información 0 aclarar dudas, debe
canalizarlo a través de la supervisora administrativa 0 su representante
autorizado.
Las propuestas se reciben en sobre sellados y contienen toda la información
necesaria para que el Comité Evaluador pueda hacer una recomendación
responsable, como por ejemplo, los factores de evaluación técnica, el precio y
la calidad del bien O servicio no profesional a ofrecerse. De acuerdo con la
recomendación, Compras evalúa y adjudica la compra que responda a los
mejores intereses de la Oficina.
Se llevan a cabo reuniones con los proponentes que hayan presentado las
mejores propuestas. El precio no es necesariamente el factor principal para
llegar a una determinación y sí la mejor oferta respecto al servicio o bien que
se necesita de acuerdo con los mejores intereses de la Oficina. A todos los
proponentes se le brinda un trato igual y justo respecto a cualquier oportunidad
de discusión o revisión de propuestas. Se revisan las propuestas después de
haber sido sometidas y antes de la adjudicación para obtener las ofertas
mejores y finales. En el proceso de las discusiones no se revela información
alguna derivada de las propuestas sometidas por los demás proponentes.