Regl. 9659, art. 20
NOTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA GPS
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Cite as Reglamento Núm. 9659, Art. 20
En caso de mal funcionamiento o falla del sistema GPS, el Gerente de Transporte deberá seguir los
siguientes pasos para asegurar la continuidad operativa:
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1. Informar de inmediato la falla a la ASG.
2. Mientras el GPS está fuera de funcionamiento, se asignará una alternativa temporal para el
vehÃculo, si fuera necesario.
3. Una vez reparado el equipo, se notificará al Gerente de Transporte.