Regl. 9659, art. 20

NOTIFICACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA GPS

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Cite as Reglamento Núm. 9659, Art. 20

En caso de mal funcionamiento o falla del sistema GPS, el Gerente de Transporte deberá seguir los siguientes pasos para asegurar la continuidad operativa: 14 1. Informar de inmediato la falla a la ASG. 2. Mientras el GPS está fuera de funcionamiento, se asignará una alternativa temporal para el vehículo, si fuera necesario. 3. Una vez reparado el equipo, se notificará al Gerente de Transporte.
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