Regl. 4131, art. 58 dup2
Reglamento para el control de transito y estacionamiento del Centro Médico
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 58 dup2
Miembros del Clero
E1 estacionamiento de vehÃculos pertenecientes
a miembros del Clero en área reservada, quedará
sujeto a la recomendación escrita correspondiente del superior del Sacerdote, Rabino O
Ministro ordenado. Esta recomendación deberá
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ser dirigida al Director Ejecutivo, especificándose en ella el nombre del Sacerdote, Rabino
O Ministro ordenado y la circunstancia de que
ha sido designado para trabajar regularmente
en el Centro Médico.
CAPITULO VI
Comité de Tránsito