Regl. 9667, art. I dup4
1: MEMORÁNDUM EXPLICATIVO
Length: 294 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9667, Art. I dup4
Este Reglamento revoca expresamente el Reglamento Núm. 8624, adoptado el 31 de julio
de 2015, conocido como el "Reglamento sobre las Políticas de Admisión y Ocupación
Continuada en los Residenciales Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
La Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico (AVP) es la entidad encargada de
establecer la política pública sobre la administración de la vivienda pública en el Gobierno
de Puerto Rico, promulgada en virtud de la facultad conferida por la Ley Número 66 del
17 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la "Ley Orgánica de la
Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico".
La AVP es una agencia gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, creada
y autorizada bajo las leyes locales para desarrollar y operar el Programa de Vivienda
Pública para familias de ingresos bajos y muy bajos, de acuerdo con los límites de ingresos
establecidos por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos
(HUD, por sus siglas en inglés). La AVP recibe un subsidio de HUD para operar el
Programa de Vivienda Pública.
La AVP ha establecido un Contrato de Aportaciones Anuales (ACC, por sus siglas en
inglés) con HUD para administrar el Programa de Vivienda Pública. Por consiguiente, la
AVP debe velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y avisos federales y debe
establecer políticas y procedimientos para implementar los requisitos federales y garantizar
la coherencia en la operación del Programa.
El propósito de este reglamento es garantizar el cumplimiento de las leyes federales y
estatales en bienestar de los participantes del Programa. La aplicabilidad de este
reglamento no conlleva costos a la Agencia y el cumplimiento del mismo asegurará la
asignación de fondos federales para subsidiar la vivienda de las familias de escasos
recursos.