Regl. 9667, art. XII dup13
2: PRIORIDADES ENTRE LOS TIPOS DE TRASLADOS
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Cite as Reglamento Núm. 9667, Art. XII dup13
La AVP mantendrá una lista de traslados para asegurarse de que los traslados se procesen
en el orden correcto y que los procedimientos sean uniformes en todas las propiedades.
Los traslados de emergencia no irán automáticamente a la lista de traslados, sino que se
manejarán de inmediato a base de cada caso. Si la emergencia no se puede resolver
mediante un acomodo temporero y el inquilino requiere un traslado permanente, se
colocará a la familia en el tope de la lista de traslado.
Los traslados se procesarán en el siguiente orden:
1. Traslados de emergencia (condiciones de mantenimiento peligrosas)
2. Demolición, disposición, revitalización o rehabilitación, ventas y familias con
ingresos excesivos 0 estudiantes a tiempo completo (de acuerdo con la Sección
42 del IRS y la Sección 103 del HOTMA)
3. Leyes VAWA y "Familiy First"
4. Traslados de alta prioridad (condición médica verificada, amenaza de daño o
actividad criminal y acomodo razonable).
5. Traslados para permitir que haya unidades accesibles disponibles y traslados de
unidades de vivienda designadas para adultos mayores
6. Normas de ocupación
7. Desconcentración de la pobreza
8. Traslados solicitados por los inquilinos (traslados de prioridad regular)
En cada categoría, los traslados se procesarán en el orden de fecha en que se colocó a las
familias en la lista de traslado.
Con la aprobación del Administrador de Vivienda Pública o su representante, la AVP
podrá, dependiendo de cada caso, trasladar a una familia sin tomar en cuenta su posición
en la lista de traslado para atender la necesidad inmediata de una familia en crisis.
A menos que ocurra una situación de emergencia, los traslados tendrán prioridad sobre las
admisiones en lista de espera.