Regl. 4131, art. 75 dup2
Reglamento para el control de transito y estacionamiento del Centro Médico
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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 75 dup2
Incomparecencia a la vista
Toda persona que haya sido citada por escrito
para una vista administrativa ante el Comité
de Tránsito por habérsele imputado violar este
Reglamento y no se presentare a dicha vista
sin causa justificada, será juzgada en su
ausencia con las mismas consecuencias que si
hubiese asistido a la vista.
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