Regl. 4131, art. 75 dup2

Reglamento para el control de transito y estacionamiento del Centro Médico

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Cite as Reglamento Núm. 4131, Art. 75 dup2

Incomparecencia a la vista Toda persona que haya sido citada por escrito para una vista administrativa ante el Comité de Tránsito por habérsele imputado violar este Reglamento y no se presentare a dicha vista sin causa justificada, será juzgada en su ausencia con las mismas consecuencias que si hubiese asistido a la vista. -41-
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