Regl. 9672, art. II-2.2
Clasificación
Length: 319 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9672, Art. II-2.2
El Coordinador de Propiedad Mueble será responsable de determinar la clasificación de
la propiedad mueble de la Autoridad. Al seleccionar la propiedad mueble que debe
clasificarse como equipo, se considerarán los siguientes factores:
a. Valor monetario: Se clasificará como equipo toda propiedad cuyo costo de
adquisición sea de doscientos dólares ($200.00) o más, incluyendo flete, costo de
entrega, instalación, transporte, seguros y el valor asignado a cualquier unidad
dada en permuta ("trade in"), entre otros. Este monto es una guÃa razonable y solo
uno de los factores a considerar. Se tomarán en cuenta otros criterios para la
clasificación final.
b. Tiempo estimado de vida útil: Se refiere al perÃodo estimado durante el cual la
propiedad mueble será útil sin sufrir daños significativos debido al desgaste,
obsolescencia o deterioro. Se considerarán caracterÃsticas especÃficas como
tamaño, capacidad, material de fabricación y otras especificaciones que
determinen su duración. Como norma general, si se estima que la propiedad
mueble tiene una vida útil de dos (2) años o menos, no se considerará equipo.
C. Uso previsto de la propiedad mueble adquirida: Se evaluará si la propiedad
mueble está destinada a un uso inmediato o a corto plazo, y si constituye una
reposición de partes o máquinas como parte de una mejora permanente. En
ambos casos, independientemente del costo y la duración, no se considerará
equipo.
15
d. Necesidad de control: Se refiere a circunstancias donde una propiedad mueble
tiene un costo menor de doscientos dólares ($200.00) y/o una vida útil menor de
dos (2) años, pero debido a su naturaleza especializada, única o a su
susceptibilidad a desaparecer fácilmente, debe estar bajo el control directo de un
empleado según las disposiciones sobre control de la propiedad mueble en las
unidades administrativas definidas más adelante en este capÃtulo. Este tipo de
bienes se clasificará y codificará separadamente del resto de la propiedad mueble
identificada como equipo, y no se considerará equipo para fines contables.