Regl. 9672, art. II-2.5
Disposición y Delegación de Destrucción de Propiedad Inservible por
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Cite as Reglamento Núm. 9672, Art. II-2.5
Emergencia
El Director Ejecutivo de la Autoridad podrá solicitar al Director del Programa de Propiedad
Excedente de la ASG la disposición de cualquier bien que represente un peligro a la vida,
a la salud, propiedad o seguridad pública. Para esto, deberá cumplir con el procedimiento
dispuesto en el Artículo 29 del Reglamento Núm. 9157 de la Administración de Servicios
Generales.
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CAPÍTULO IV:
ADMINISTRACIÓN DE LA FLOTA DE
VEHÍCULOS OFICIALES
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SECCIÓN I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.1: Título
Este Capítulo se conocerá y será citado como el Capítulo para la Administración de la
Flota de Vehículos Oficiales de la Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico.