Regl. 9672, art. II-2.5

Disposición y Delegación de Destrucción de Propiedad Inservible por

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Cite as Reglamento Núm. 9672, Art. II-2.5

Emergencia El Director Ejecutivo de la Autoridad podrá solicitar al Director del Programa de Propiedad Excedente de la ASG la disposición de cualquier bien que represente un peligro a la vida, a la salud, propiedad o seguridad pública. Para esto, deberá cumplir con el procedimiento dispuesto en el Artículo 29 del Reglamento Núm. 9157 de la Administración de Servicios Generales. 44 CAPÍTULO IV: ADMINISTRACIÓN DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS OFICIALES 45 SECCIÓN I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.1: Título Este Capítulo se conocerá y será citado como el Capítulo para la Administración de la Flota de Vehículos Oficiales de la Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico.
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