Regl. 9672, art. I-1.3
Propósito, Resumen Ejecutivo y Análisis Costo-Beneficio
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Cite as Reglamento Núm. 9672, Art. I-1.3
Este Reglamento tiene como objetivo unificar en un solo cuerpo de reglas todos los
procesos regulatorios relacionados con los procedimientos que deben seguirse en la AEP
en cuanto al manejo de la propiedad mueble, la propiedad excedente y la flota vehicular.
Al consolidar estas tres normativas en un solo cuerpo reglamentario, se promueve la
eficiencia administrativa y se facilita la comprensión de los deberes y obligaciones de los
funcionarios y empleados.
A esos fines, el Capítulo II regula todo lo concerniente al manejo de la propiedad mueble.
Particularmente, se establecen las normas y procedimientos a seguir en cuanto al
registro, control y disposición de la propiedad mueble perteneciente a la Autoridad. Sus
fines son ejercer y garantizar el control adecuado de la propiedad mueble y de establecer
medios eficientes para su utilización, además cubre todas las operaciones posteriores a
la adquisición y que se relacionan con la entrega, posesión, uso, disfrute, cesión,
transferencia, y otras transacciones que se efectúen con relación a la propiedad mueble.
Por su parte, el Capítulo III tiene como propósito regular el proceso y manejo de la
propiedad excedente en la AEP. De modo que se establecen los procedimientos y guías
en cuanto a la optimización del uso de toda la propiedad excedente, incluyendo la
declaración, recibo, custodia, control y disposición de la propiedad excedente de todas
las entidades gubernamentales. De otro lado, el Capítulo IV establece las normas a
seguir por los funcionarios de la Autoridad para la adquisición, uso, mantenimiento y
disposición de vehículos de motor oficiales. Se incluyen también disposiciones para
reglamentar el uso de los vehículos de motor, la identificación de los vehículos oficiales
y su cuidado.
La Autoridad de Edificios Públicos certifica que la aprobación y puesta en vigor de este
Reglamento no tiene impacto fiscal adicional alguno para la Agencia, para el Gobierno
de Puerto Rico, ni para la ciudadanía en general. Asimismo, en el balance de costos y
beneficios, la Autoridad tendrá un mecanismo transparente y uniforme, sin mayores
costos para la agencia administrativa, ni para los contribuyentes.
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