Regl. 4132, art. 5
Aplicabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 4132, Art. 5
Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables à los
pacientes que reciben servicios en las facilidades de la ASEM, asà como
también a sus familiares y a quienes les visitan o acompañan y a cualquier
otro ciudadano que desee formular una queja o hacer una sugerencia.