Regl. 9674, art. 3.1
Concepto y propósito
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Cite as Reglamento Núm. 9674, Art. 3.1
La conciliación es el proceso mediante el cual las partes obtienen una evaluación objetiva y
razonada, pero no vinculante del conflicto en sus méritos. La evaluación está basada en
información esencial, oral o escrita que las partes deben someter al (a la) conciliador (a). El
propósito de la conciliación es proveer recomendaciones y alternativas que conduzcan a
resolver controversias sin la necesidad del uso del método adjudicativo del arbitraje.