Regl. 9675, art. XIII

RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES O ENCARGADOS LEGALES

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Cite as Reglamento Núm. 9675, Art. XIII

A. Velar por la salud física, mental y emocional de sus hijos. B. Entregar, durante el proceso de matrícula O cuando se haya realizado el diagnóstico por el profesional de la salud, el Plan de Manejo Médico, así como sus respectivos anejos. El PMM debe ser actualizado anualmente o cuando haya cambios en el tratamiento. C. Proveer los medicamentos (según se haya acordado) que el estudiante necesita diaria o semanalmente, en la manera y forma indicada por el profesional de la salud, que incluye el despacho de esta en el recipiente original. D. Cooperar con el personal de enfermería para facilitar la administración de medicamentos a su hijo. E. Vacunar a sus hijos o completar los documentos requeridos por el Departamento de Salud para cuando exista una excepción a este requisito, conforme lo exige la Ley 25-1983, supra, y sus reglamentos correspondientes. F. Llevar a su hijo, de manera oportuna, al profesional de la salud oral y entregar la evidencia pertinente sobre la referida visita, conforme al derecho vigente. G. Participar de las orientaciones, campañas y otras actividades relacionadas EST a la salud de sus hijos cuando haya sido convocado. H. Proveer los suministros, materiales o dispositivos requeridos para la administración correcta de medicamentos conforme al PME. PO Box 190759, San Juan, PR 00919-0759 Tel. (787) 759-2000 www.de.pr.gov REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS EN EL DEPR PÁGINA 18 I. Completar los formularios requeridos por el DEPR concernientes a la salud de su hijo, así como proveer cualquier información relevante a su salud física, mental O emocional. J. En caso de actividades extracurriculares (excursiones y competencias autorizadas por la agencia) en las que no se encuentre presente un enfermero escolar, los encargados legales deberán hacer un acuerdo previo con el personal de enfermería para el suministro del medicamento a través de un plan alterno. Además, deberá realizar estas gestiones cuando sea informado que el enfermero escolar está ausente. K. Cuando se haya establecido en el PME, los encargados legales podrán delegar en el estudiante la gestión de entregar los medicamentos al enfermero escolar. L. Mantener refrigerados aquellos medicamentos que así sea requerido para su almacenamiento o transportación. M. Responder, de manera rápida y oportuna, las indicaciones e instrucciones del enfermero escolar.
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