Regl. 9676, art. 1.4
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 1.4
Las normas que se adoptan mediante este Reglamento aplican a todo proceso de
adquisición de bienes y obras, asà como servicios no profesionales, efectuadas en la OIG.
Nada de lo aquà dispuesto impedirá en que la OIG efectúe, de forma voluntaria, las
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Reglamento para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios no Profesionales
de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico
compras y subastas de bienes, obras y servicios no profesionales a través de la
Administración de Servicios Generales, cuando asà lo estime necesario.