Regl. 9676, art. 3.2 dup2
SOLICITUD o REQUISICIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES,
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 3.2 dup2
OBRAS O SERVICIOS
El procedimiento de compras tiene su inicio cuando la Unidad Peticionaria tiene la
necesidad de adquirir un bien, una obra O un servicio para llevar a cabo sus funciones y
prepara una solicitud o requisición para la adquisición de bienes, obras 0 servicios no
profesionales. AI recibir cualquier solicitud de las unidades requirentes, la OIG abrirá un
expediente y lo identificará con el número correspondiente.