Regl. 9676, art. 3.3-3.3.3 dup2
CONDICIONES GENERALES COMPULSORIAS A SER INCLUIDAS
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 3.3-3.3.3 dup2
EN LOS PLIEGOS DE COMPRAS, SUBASTAS O SOLICITUD DE PROPUESTAS,
SEGÚN EL ASUNTO OBJETO DE ÉSTAS
Además de la Invitación a Subasta, el pliego deberá incluir lo siguiente:
a) Instrucciones Las instrucciones serán las guÃas que se ofrecerán a los licitadores
a los efectos de cómo presentar y preparar sus cotizaciones, ofertas 0 propuestas.
El Agente Comprador de la OIG las adoptará y publicará, señalando las que
aplicarán en cada procedimiento. Estas se basarán en las disposiciones
reglamentarias establecidas en las normas que rigen la adquisición. Serán de las
siguientes clases:
i. Instrucciones Generales Las Instrucciones Generales contendrán
disposiciones sobre el modo de preparar y entregar las cotizaciones,
ofertas o propuestas y los requisitos que deben reunir los licitadores, entre
otras, conforme lo establecido en este Reglamento.
ii.
Instrucciones Especiales Las Instrucciones Especiales son instrucciones
que la OIG interesa sean incluidas en la subasta para facilitar la evaluación
y adjudicación de las ofertas. Esto es propio para asuntos de alta
complejidad técnica que amerita un nivel de detalle mayor para asegurar
el cumplimiento de la solución deseada.
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b) Especificaciones Las especificaciones de una compra, subasta 0 solicitud de
propuestas son el conjunto de caracterÃsticas fÃsicas, funcionales, estéticas y de
calidad de cada uno de los bienes, obra 0 servicios que se solicitan, y que estarán
contenidas en la parte descriptiva de lo solicitado en el pliego y claramente
identificado como "especificaciones".
Las especificaciones modelo serán utilizadas en cada renglón aplicable a cada
compra o subasta 0 solicitud de propuestas realizada por el Agente Comprador 0
por la Junta de Subastas, la Unidad Peticionaria, 0 un Comité Técnico constituido
por el Inspector General 0 su delegado autorizado para tales propósitos. Las
especificaciones especiales serán usadas únicamente en la compra, subasta 0
solicitud de propuestas especÃfica para la cual se redactaron.
Las especificaciones de los bienes y servicios que se pretendan adquirir serán
claras, comprensibles y objetivas y no deberán estar basadas exclusivamente en
la apreciación 0 visión de algún funcionario 0 empleado público 0 consultor
externo, sino que serán redactadas por un equipo técnico de especificaciones. La
OIG deberá establecer especificaciones claras, comprensibles y objetivas que
respondan a criterios objetivos de forma, función y utilidad, tales como calidad
esperada, durabilidad y desempeño óptimo del producto o servicio a ser adquirido
0 contratado, asà como términos y condiciones relacionados con garantÃas, tiempo
y modo de entrega, entre otros.
Asimismo, la OIG se asegurará de reclutar y mantener personal adecuadamente
adiestrado, preparado, supervisado y con el conocimiento necesario para llevar a
cabo la función de preparar las especificaciones, de forma tal que se asegure la
funcionalidad, calidad, diseño adecuado y prudente uso de los productos y
servicios que necesita la OIG. AI momento de adoptar las especificaciones
correspondientes, el empleado 0 contratista que preparó las especificaciones
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validará que se ha cumplido con las disposiciones de la Ley Núm. 14-2004, según
enmendada, conocida como Ley para la Inversión en la Industria Puertorriqueña.
Todo licitador con quien la OIG perfeccione un contrato para la adquisición de
bienes, obras 0 servicios no profesionales, estará obligado a incluir, en todo
contrato de subcontratación (de estar permitida la subcontratación), una cláusula
contractual en la cual la parte subcontratada afirme reconocer y aceptar que
estará obligada a cumplir con todas las especificaciones de los bienes, obra O
servicios durante la vigencia de la prestación. Además, el contratista deberá
notificar a la OIG, toda subcontratación que se haya formalizado en virtud de dicho
contrato. Todo licitador deberá confirmar y certificar, al momento de formalizar una
adquisición mediante la correspondiente orden de compra o contrato, que su
producto cumple con las especificaciones dispuestas por la OIG. La OIG
mantendrá evidencia de dicha certificación en el expediente de la transacción.
c) Fianzas Cuando las especificaciones de los bienes, obras o servicios no
profesionales que se van a adquirir lo ameriten, se podrá requerir a quienes liciten
oer
o presenten propuestas varios tipos de fianzas, con el propósito de asegurar el
cumplimiento con la obligación contraÃda. En aquellas ocasiones en que sea
requisito la prestación de fianza, esto se especificará siempre en el pliego de
subasta formal o solicitud de propuestas. Las fianzas se prestarán, conforme
dispuesto en el ArtÃculo 3.4 de este Reglamento.
d) Uso de Marcas (Trademarks) En la medida que sea posible, se debe evitar que
el pliego contenga referencias a marcas especÃficas de artÃculos, que se puedan
interpretar como una preferencia por esa marca y tenga el efecto de limitar la
participación. De ser necesario utilizar una marca especÃfica, el expediente del
método de compra utilizado incluirá un informe que lo justifique. Una excepción
que puede justificar el uso de marcas es cuando se trata de una pieza de remplazo
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la cual debe ser de un manufacturero en particular. En el caso en que se utilicen
marcas u otras especificaciones que apunten a un producto particular, se
complementará, a modo excepcional, con la frase "o similar", para dar cabida a
otros potenciales licitadores que cumplan con lo requerido a que puedan
participar.
e) Muestras Los licitadores vienen obligados, cuando asà se requiera en el pliego,
a someter muestras representativas de lo que entregarán de serle adjudicada la
adquisición:
i.
Las muestras serán examinadas por el Agente Comprador de la OIG o la
Junta de Subastas, según sea el caso; igualmente, se puede delegar al
Comité Técnico.
ii.
Si dentro del proceso del examen de las muestras estas se destruyen 0 se
gastan, el gobierno no responderá por el costo de estas.
iii.
Si luego del examen las muestras no se destruyen 0 no se gastan en su
totalidad, el licitador viene obligado a recogerlas dentro de los diez (10)
dÃas de haber sido notificado para ello por el Agente Comprador, 0 la Junta
de Subastas. Si transcurrido dicho término, el licitador no pasa a recoger
las muestras, estas pasarán a ser propiedad de la OIG.
iv.
Cuando se exija O requiera entrega de muestras de los productos a ser
adquiridos, la OIG deberá hacer un examen 0 análisis objetivo de las
muestras de los licitadores,
V.
Los licitadores participantes tendrán la oportunidad razonable y notificada
de estar presentes en dicho examen, previo a la adjudicación.
vi.
En caso del licitador agraciado, sus muestras podrán retenerse para la
adecuada administración del contrato. En el caso que se le devuelvan
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estas, el licitador agraciado deberá tenerlas disponible para inspección en
cualquier momento durante la vigencia del contrato.
vii. Todo lo señalado en este inciso sobre las muestras, no se aplicará en
aquellas subastas en que el objeto en cuestión sea fÃsicamente imposible
de presentar, tales como máquinas, equipo pesado, vehÃculos de
transportación, pero podrá requerirse una demostración del equipo a los
licitadores por igual.
f) Inspección de la mercancÃa En aquellas compras, subastas O solicitud de
propuestas en que especÃficamente se requiera en el pliego, el licitador viene
obligado a entregar un certificado de inspección con su oferta. Este certificado de
inspección deberá detallar lo siguiente:
i. Modo de entrega;
ii. Nombre de la persona quien recibe la mercancÃa por la OIG;
iii. Fecha de elaboración del producto;
iv. Fecha de empaque (mes y año) de la mercancÃa que se ofrece, y
V. Codificación o clave de los envases en que están empacados los artÃculos
inspeccionados. La codificación deberá contener las letras, números y
sÃmbolos, o una combinación de ello que normalmente estampa al relieve el
empacador en cualquiera de los extremos de cada empaque para señalar
mes, dÃa y año del empaque, fecha hasta cuándo se puede utilizar el artÃculo,
o sea, fecha de expiración, asà como cualquiera otra información pertinente.
Deberá presentar constancia de que el producto cubre los requisitos de
calidad de las especificaciones federales y estatales.
g) Calidad de los envases - La OIG especificará en qué momento los envases en
que se suministre cualquier mercancÃa tendrán que ser completamente nuevos y
herméticamente sellados y, en los casos de envases de metal, sin indicación
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alguna de oxidación. Los envases de cartón, saco, madera, cajas 0 cualquier otro,
tienen que conservarse en buenas condiciones, sea solicitado por escrito 0 no.
h) Contenido y peso Será obligación del licitador suplir la información correcta
relacionada con el peso neto, contenido y número de unidades por cartón o
envases de su producto, aunque no se haya solicitado expresamente en el pliego.
i) Entregas Cuando la entrega sea un factor determinante para la adjudicación,
sujeto a un marco de razonabilidad que no incline la balanza a favor 0 en contra
de licitador en particular, el pliego deberá describir claramente las condiciones
necesarias.
i.
Fechas de entrega de mercancÃas, inicio y terminación de los servicios o
realización de obras En los pliegos de compra, subasta o solicitud de
propuestas se le requerirá al licitador que informe en su cotización, oferta
0 propuesta, las fechas en que se entregará la mercancÃa; en los casos de
obras o servicios, la fecha en que proyecta iniciar la obra O prestar el
servicio y la fecha en que entregará la obra O terminará el servicio. El
licitador no podrá incluir ningún costo adicional al precio ofertado por
concepto de gastos relativos a la entrega del bien adquirido. De no
proceder el licitador agraciado con la entrega dentro del término
establecido, se procederá a adjudicarle la buena pro al segundo postor y
la diferencia entre la oferta de éste y el licitador a quien originalmente se
le adjudicó, será absorbida por la fianza del licitador a quien originalmente
se le adjudicó y no cumplió con los términos establecidos.
ii.
Sitio de entrega Será obligación del Agente Comprador informar al
licitador el sitio de entrega en la Invitación a Subasta.
j) Fecha de levante El pliego deberá establecer, si aplica, que el licitador agraciado
con una subasta de venta venga obligado a levantar la mercancÃa 0 el bien
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adjudicado a su favor, dentro de los cinco (5) dÃas de haber recibido la notificación
de levante de esta, a su costo y riesgo. De no proceder al levante dentro del
término establecido, se procederá a adjudicarle la buena pro al segundo postor y
la diferencia entre la oferta de este y el licitador a quien originalmente se le
adjudicó, será absorbida por la fianza del licitador a quien originalmente se le
adjudicó y no cumplió con los términos establecidos. También se le cobrará por el
almacenamiento de los dÃas que transcurran posteriormente a la fecha que se le
fijó para recogerlo y la fecha del levante del bien por parte del segundo postor.
k) Almacenaje En caso de que el licitador que venda a la OIG tuviera que almacenar
los suministros a entregar, la OIG no será responsable del precio que pague el
licitador por concepto de almacenaje ni por las ganancias que deje de obtener.
Tampoco la OIG pagará arbitrios, si algunos, por concepto de almacenaje.
I) Descuento El descuento que ofrezca el licitador como estÃmulo para que se le
eer
acelere el pago en su dÃa, de adjudicársele la subasta no se considerará en la
evaluación de la oferta para la adjudicación, a menos que asà esté contenido en
el pliego.
m) Arbitrios El precio ofrecido por el licitador no podrá incluir los arbitrios estatales.
n) PolÃticas preferenciales El pliego deberá contener cualquier aviso establecido en
las diversas leyes de preferencia. El pliego deberá, además, informar a los
licitadores 0 proponentes la obligación de presentar con su oferta cualquier
documento acreditativo de su preferencia. La OIG dará fiel cumplimiento a la
polÃtica pública de compras preferentes dispuestas en ley. En el caso de
adquisiciones con fondos federales, si estas polÃticas no son permitidas, asà se
señalará, indicando la norma que dispone tal prohibición.
o) Condiciones adicionales Las condiciones de una subasta son los términos bajo
los cuales se interesa que se entregue el bien, se ejecute la obra 0 se preste el
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servicio. Podrá ser incluida en el pliego de una cotización, subasta o solicitud de
propuestas, cualquier condición adicional que, a juicio de la unidad peticionaria
deba ser incluida para garantizar y salvaguardar los mejores intereses de la OIG.
p) PermisologÃa El pliego expresará que, en aquellos casos en que la provisión del
bien O servicio a la OIG requiera la obtención de algún tipo de permiso de alguna
entidad gubernamental o privada, salvo pacto en contrario, dicho trámite recaerá
en el licitador.
q) GarantÃa El pliego expresará que todo licitador deberá incluir, de forma clara y
detallada, el periodo especÃfico o los términos aplicables a cada garantÃa, sus
limitaciones y condiciones, los trámites requeridos para reclamar la garantÃa, una
descripción clara de qué entidad proveerá el servicio de reemplazo, subsanación,
corrección 0 reparación del producto 0 el servicio y los términos de entrega del
producto o servicio.
i.
La garantÃa del producto 0 servicio deberá detallar claramente qué incluye. A
su vez, la garantÃa tiene que estar certificada, en casos de productos, por el
fabricante local 0 del exterior y también por su representante o distribuidor,
garantizándole a la OIG su reemplazo de partes 0 productos, servicios y
mano de obra bajo términos claramente expuestos en la oferta del licitador.
ii.
Se informará, además, que el licitador deberá asumir los costos relacionados
a la garantÃa, incluidos los gastos de transporte o envÃo.
iii.
Se informará a los licitadores que se considerará de manera preferente la
garantÃa prestada en Puerto Rico a la garantÃa prestada en el exterior.
iv.
Se requerirá a todo licitador el deber de honrar a la OIG la garantÃa, si alguna,
independientemente de si se compra 0 no a través de un distribuidor.
V.
En el pliego se advertirá a todo licitador que el incumplimiento de lo antes
expresado será razón de descalificación.
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vi.
De ninguna manera se impondrán requisitos de garantÃa irrazonables que
tengan el efecto de remover de la licitación a un licitador en particular.
r) Disposición del bien a ser adquirido Todo pliego deberá incluir una disposición a
los efectos de requerir a todo licitador, en cualquier proceso de adquisición, que
informe si en su oferta está incluida la disposición del bien a ser adquirido de una
forma ambientalmente segura y sostenible. También deberá expresar si su oferta
incluye o no el costo de disposición del bien a ser adquirido. En caso de que la
oferta no contemple la disposición ni el costo de disposición, el licitador deberá
incluir algunas alternativas de disposición y costo estimado.