Regl. 9676, art. 3.4-3.4.2

FORMAS DE PRESENTARSE

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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 3.4-3.4.2

La fianza se prestará a favor de la OIG (o según establecido en el pliego) en una de las formas siguientes: a) Cheque certificado; b) Giros postales O bancarios, o c) Fianza de seguro expedida por una compañía de seguros autorizada por el Comisionado de Seguros de Puerto Rico. No se aceptarán fianzas por cantidades menores a las requeridas. El incumplimiento con este requisito conllevará el rechazo de la oferta 0 propuesta 0 la cancelación de la Pág. 39 de 104 Reglamento para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios no Profesionales de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico adjudicación. Toda fianza será custodiada por el Supervisor Administrativo y el Oficial de Finanzas de la OIG.
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