Regl. 9676, art. 3.4-3.4.2
FORMAS DE PRESENTARSE
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 3.4-3.4.2
La fianza se prestará a favor de la OIG (o según establecido en el pliego) en una de las
formas siguientes:
a) Cheque certificado;
b) Giros postales O bancarios, o
c) Fianza de seguro expedida por una compañía de seguros autorizada por el
Comisionado de Seguros de Puerto Rico.
No se aceptarán fianzas por cantidades menores a las requeridas. El incumplimiento con
este requisito conllevará el rechazo de la oferta 0 propuesta 0 la cancelación de la
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Reglamento para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios no Profesionales
de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico
adjudicación. Toda fianza será custodiada por el Supervisor Administrativo y el Oficial de
Finanzas de la OIG.