Regl. 9676, art. 4.2-4.2.16
ADJUDICACIÓN DE LA SUBASTA FORMAL
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 4.2-4.2.16
La Junta de Subastas de la OIG evaluará las ofertas y como éstas cumplen con los
criterios de evaluación establecidos en las específicaciones, los términos y las
condiciones indicadas en el pliego de la subasta formal. La Junta adjudicará la buena pro
al licitador responsable que presente una licitación u oferta responsiva, cuyo precio sea
razonablemente el más bajo.