Regl. 9676, art. 4.2-4.2.19

CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE SUBASTA FORMAL

Length: 401 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 4.2-4.2.19

El expediente de la subasta formal estará constituido por los documentos siguientes: a. la Invitación a Subasta Formal; b. el pliego de subasta formal con sus enmiendas, si las hay; C. las minutas de las reuniones pre subasta y de adjudicación de la Junta de Subastas de la OIG; Pág. 73 de 104 Reglamento para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios no Profesionales de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico d. las minutas del Acta de Apertura; e. las ofertas presentadas; f. la adjudicación de la subasta; g. las notificaciones de adjudicación a los licitadores, y h. cualquier otro documento que deba ser incluido por virtud de este Reglamento 0 que se les curse a los licitadores, o que sea imprescindible para la evaluación de una subasta formal. Cualquier persona particular que interese y solicite examinar el referido expediente lo podrá hacer después de notificada la Resolución que contiene la determinación final de la Junta de Subastas de la OIG de esa subasta particular. El expediente podrá ser examinado aún si se encuentra ante la Junta Revisora de la ASG, pero siempre luego de notificada la adjudicación. En los casos en que se cancele una subasta formal, después de efectuado el acto de apertura, cualquier persona particular que lo solicite podrá examinar dicho expediente, salvo por aquella información que constituya un secreto de negocio o información protegida. El derecho que se concede a las personas particulares estará siempre supeditado a que no se afecten los servicios que se brindan y el curso normal de los trabajos de la Junta de Subastas de la OIG. Para ello, será necesario solicitar por escrito al Secretario de la Junta, quien hará arreglos para que este o un representante autorizado esté presente durante el examen de los documentos, y notificará el día y la hora convenientemente. El Secretario de la Junta de Subastas de la OIG permitirá al solicitante revisar el expediente en el término de tres (3) días laborables próximos a la fecha de solicitud. Las ofertas presentadas por los licitadores serán parte del expediente de la subasta formal para la cual fueron presentadas y pasarán a ser propiedad de la Junta de Subastas de la OIG, independientemente de que la subasta formal se cancele 0 adjudique. Pág. 74 de 104 Reglamento para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios no Profesionales de la Oficina del Inspector General de Puerto Rico
Regl. 9676, art. 4.2-4.2.19: CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE SUBASTA FORMAL | Justis AI