Regl. 9676, art. 4.2-4.2.19
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE SUBASTA FORMAL
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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 4.2-4.2.19
El expediente de la subasta formal estará constituido por los documentos siguientes:
a. la Invitación a Subasta Formal;
b. el pliego de subasta formal con sus enmiendas, si las hay;
C. las minutas de las reuniones pre subasta y de adjudicación de la Junta de
Subastas de la OIG;
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d. las minutas del Acta de Apertura;
e. las ofertas presentadas;
f. la adjudicación de la subasta;
g. las notificaciones de adjudicación a los licitadores, y
h. cualquier otro documento que deba ser incluido por virtud de este Reglamento 0
que se les curse a los licitadores, o que sea imprescindible para la evaluación de
una subasta formal.
Cualquier persona particular que interese y solicite examinar el referido expediente lo
podrá hacer después de notificada la Resolución que contiene la determinación final de
la Junta de Subastas de la OIG de esa subasta particular. El expediente podrá ser
examinado aún si se encuentra ante la Junta Revisora de la ASG, pero siempre luego de
notificada la adjudicación.
En los casos en que se cancele una subasta formal, después de efectuado el acto de
apertura, cualquier persona particular que lo solicite podrá examinar dicho expediente,
salvo por aquella información que constituya un secreto de negocio o información
protegida.
El derecho que se concede a las personas particulares estará siempre supeditado a que
no se afecten los servicios que se brindan y el curso normal de los trabajos de la Junta
de Subastas de la OIG. Para ello, será necesario solicitar por escrito al Secretario de la
Junta, quien hará arreglos para que este o un representante autorizado esté presente
durante el examen de los documentos, y notificará el dÃa y la hora convenientemente. El
Secretario de la Junta de Subastas de la OIG permitirá al solicitante revisar el expediente
en el término de tres (3) dÃas laborables próximos a la fecha de solicitud.
Las ofertas presentadas por los licitadores serán parte del expediente de la subasta
formal para la cual fueron presentadas y pasarán a ser propiedad de la Junta de Subastas
de la OIG, independientemente de que la subasta formal se cancele 0 adjudique.
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