Regl. 9676, art. 4.5-4.5.3

MECANISMOS DE COMPRAS EXCEPCIONALES

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Cite as Reglamento Núm. 9676, Art. 4.5-4.5.3

En los casos en los que se determine realizar una compra excepcional, se utilizará la compra directa (no competitiva), 0 a discreción del Inspector Asociado de Administración 0 su representante autorizado, se podrán solicitar dos (2) 0 más cotizaciones, indistintamente de la cuantía del bien 0 servicio a ser adquirido. Las compras de emergencia, órdenes de compra o acuerdos relacionados con un valor agregado de $10,000,000.00 0 más, se presentarán para la aprobación de la Junta de Supervisión antes de su ejecución, según lo requiera PROMESA y su Política de Revisión de Contratos. Además, todos los demás acuerdos y órdenes de compra de emergencia se presentarán a la Junta de Supervisión inmediatamente después de su ejecución.
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