Regl. 9680, art. 12.7

INFORME A LA JUNTA DE DIRECTORES

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Cite as Reglamento Núm. 9680, Art. 12.7

Por lo menos anualmente 0 tan frecuentemente como la Junta de Directores lo determine, el Oficial de Seguridad someterá un informe a la Junta de Directores 0 a uno de sus comités. Dicho informe incluirá una relación de los delitos perpetrados contra el Banco, daño a las personas, pérdidas materiales, efectividad de los procedimientos y dispositivos de seguridad, información sobre arresto y enjuiciamiento de los autores de tales delitos y cualquier otra información que pudiera ser de interés para la Junta de Directores o el comité correspondiente. 42
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