Regl. 9680, art. 12.7
INFORME A LA JUNTA DE DIRECTORES
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Cite as Reglamento Núm. 9680, Art. 12.7
Por lo menos anualmente 0 tan frecuentemente como la Junta de Directores lo determine, el
Oficial de Seguridad someterá un informe a la Junta de Directores 0 a uno de sus comités.
Dicho informe incluirá una relación de los delitos perpetrados contra el Banco, daño a las
personas, pérdidas materiales, efectividad de los procedimientos y dispositivos de seguridad,
información sobre arresto y enjuiciamiento de los autores de tales delitos y cualquier otra
información que pudiera ser de interés para la Junta de Directores o el comité
correspondiente.
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