Regl. 9680, art. 1.3

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 9680, Art. 1.3

Este Reglamento tiene el propósito de complementar y aclarar las disposiciones de la Ley Núm. 55. Se establecen las normas y los procedimientos que regirán a las corporaciones dedicadas al negocio bancario que lleven a cabo tales negocios en Puerto Rico conforme a lo dispuesto en la Ley Núm. 55. Además, por medio de este Reglamento, se aclaran las disposiciones de la Ley Núm. 55 que aplican al Banco Cooperativo de Puerto Rico a tenor con la Ley Núm. 88 y a las compañías de fideicomisos de Puerto Rico organizadas bajo la Ley Núm. 40 que se dedican a los negocios bancarios. Cónsono con lo anterior, la OCIF certifica que la aprobación y puesta en vigor de este Reglamento no tiene ningún impacto fiscal adicional para la OCIF, ni para la ciudadanía en 8 general. Un análisis del costo-beneficio del Reglamento evidencia que su adopción es un requisito impuesto por ley y no implica mayores costos para el erario, como tampoco para la ciudadanía.
Regl. 9680, art. 1.3: PROPÓSITO | Justis AI