Regl. 9680, art. 3.3
SOLICITUD PARA EMITIR OBLIGACIONES DE CAPITAL
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Cite as Reglamento Núm. 9680, Art. 3.3
Todo Banco someterá al Comisionado una solicitud para emitir obligaciones de Capital. La
solicitud deberá ser firmada por un oficial autorizado mediante resolución de la Junta de
Directores del Banco.
La solicitud para emitir Obligaciones de Capital deberá acompañarse de:
1. Un borrador de la propuesta obligación de Capital.
2. Un estado de situación pro-forma que cubra por lo menos tres (3) años, reflejando
los cambios en las cuentas del Banco como resultado de la emisión de Obligaciones
de Capital.
3. Copia de la resolución de la Junta de Directores del Banco autorizando la emisión
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de las Obligaciones de Capital.
4. Una tabla descriptiva de la amortización del fondo de redención establecido en la
Sección 3.8 de este Capítulo.
5. Copia del último estado financiero auditado del Banco.
6. El Comisionado podrá requerir aquella información adicional que considere
necesaria.