Regl. 9680, art. 3.3

SOLICITUD PARA EMITIR OBLIGACIONES DE CAPITAL

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Cite as Reglamento Núm. 9680, Art. 3.3

Todo Banco someterá al Comisionado una solicitud para emitir obligaciones de Capital. La solicitud deberá ser firmada por un oficial autorizado mediante resolución de la Junta de Directores del Banco. La solicitud para emitir Obligaciones de Capital deberá acompañarse de: 1. Un borrador de la propuesta obligación de Capital. 2. Un estado de situación pro-forma que cubra por lo menos tres (3) años, reflejando los cambios en las cuentas del Banco como resultado de la emisión de Obligaciones de Capital. 3. Copia de la resolución de la Junta de Directores del Banco autorizando la emisión 12 de las Obligaciones de Capital. 4. Una tabla descriptiva de la amortización del fondo de redención establecido en la Sección 3.8 de este Capítulo. 5. Copia del último estado financiero auditado del Banco. 6. El Comisionado podrá requerir aquella información adicional que considere necesaria.
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