Regl. 4137, art. 22

Registros

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Cite as Reglamento Núm. 4137, Art. 22

E1 Director podrá llevar a cabo registros de las personas y propiedad en su respectivo centro con el fin de controlar el contrabando de drogas, armas, otros artículos prohibidos y para otros fines legítimos. Los pacientes deben claramente entender que los registros se realizan para la protección de todos mientras ocurre el proceso de rehabilitación. Los registros se llevarán a cabo de conformidad con las siguientes normas: 1. Antes de ocupar una cama o dormitorio por nuevos residentes deberá inspeccionarse la misma cuidadosamenta. 2. Los registros podrán efectuarse sin previo aviso y a diferentes horas. 3. E1 personal deberá poseer destrezas para hacer el registro en una forma segura y efectiva. 4. Las personas que efectúen los registros y/o inspecciones deberán tener conocimiento sobre drogas y narcóticos de manera que puedan reconocerlos. 5. Deberá evitarse el uso innecesario de la fuerza y el utilizar métodos que humillen y avergüencen al paciente. 6. Los registros e inspecciones de pertenencias de un paciente se harán en presencia de éste, nunca en su ausencia. 7. Siempre que se hace un registro a un menor o inspección a un dormitorio, deberán estar presente dos (2) funcionarios del centro. 8. Los registros se efectuarán solamente con la frecuencia necesaria - 19 para controlar el contrabando o recobrar propiedad perdida o robada. En ningún caso se utilizarán para hostigar a los pacientes. 9. Cuando se hacen inspecciones de cavidades corporales deberán ser efectuadas por personal médico. Queda terminantemente prohibido que este tipo de inspección sea hecha por personal no médico. 10. Se preparará una constancia escrita de cada registro realizado, con indicación de fecha, lugar, hallazgos, resultados y personal que lo llevó a cabo entre otra información. 11. El respeto a la dignidad del ser humano y el derecho a la propiedad de cada interno deberá siempre tenerse presente al efectuar un registro. La experiencia debe utilizarse para el crecimiento de los pacientes no para su castigo 0 humillación.
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