Regl. 4137, art. 4
Aplicabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 4137, Art. 4
Este Reglamento establece las normas y procedimientos relativos a la disciplina en los centros Residenciales Libre de Drogas, los CEDES y los Centros
de Metadona que deben ser observadas por la clientela del mismo en cualquiera
de sus dependencias.