Regl. 9688, art. IV-12.36

Disposiciones adicionales.

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Cite as Reglamento Núm. 9688, Art. IV-12.36

Ninguna persona se situará en la zona de rodaje de una vía de la Autoridad con el fin de: a. Solicitar pasaje gratis u ofrecerse a custodiar vehículos o vehículos de motor gratis o mediante paga. b. Hacer colectas de cualquier índole. 33 C. Distribuir propaganda de cualquier clase. d. Acostarse o sentarse en la zona de rodaje de la vía pública con cualquier fin. Nunca se prohibirá la distribución mediante venta de periódicos en la vía pública dentro de un radio de ciento cincuenta (150) pies de un semáforo.
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