Regl. 9688, art. I-17

Separabilidad.

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Cite as Reglamento Núm. 9688, Art. I-17

Si cualquier disposición de esta Reglamento o su aplicación a cualquier persona o circunstancia fuere declarada, inconstitucional por un tribunal con jurisdicción y competencia, nula, esto no afectará al resto de las disposiciones y el Reglamento, así modificado por la decisión del Tribunal, continuará en plena fuerza y vigor. 48
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