Regl. 4138, art. 13-13.7
PerÃodo Probatorio en Casos de Reingresos
Cite as Reglamento Núm. 4138, Art. 13-13.7
Las personas que reingresen al Departamento estarán
sujetos al perÃodo probatorio correspondiente. Sin embargo,
la Secretaria podrá asignar status regular a tales empleados
cuando como consecuencia del reingreso sean nombrados en un
puesto dentro del término de un (1) año a partir de la fecha
de la separación del servicio.