Regl. 9688, art. VI-13

Aplicación.

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Cite as Reglamento Núm. 9688, Art. VI-13

Las disposiciones de este Reglamento con referencia a el uso de los vehículos de motor se aplicarán a toda embarcación, vehículo de navegación o sus análogos. En adición, se utilizará reglamentación vigente de la Autoridad de los Puertos para la implementación de las multas administrativas.
Regl. 9688, art. VI-13: Aplicación. | Justis AI