Regl. 4138, art. 3-4.3

Número de Empleados de Confianza

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Cite as Reglamento Núm. 4138, Art. 3-4.3

1. El número total de empleados de confianza a tenor con los incisos (1) y (2) de la Sección 4.2 que antecede no excederá de veinticinco (25). No obstante, la Oficina Central podrá aprobar más de veinticinco puestos de confianza cuando el tamaño, complejidad u organización del Departamento requiera un número mayor de puestos de confianza para su funcionamiento eficiente. En la designación de puestos de confianza la Secretaria hará uso juicioso y restringido de la facultad que esos efectos le confiere la ley. 2. El Departamento presentará para la aprobación por la Oficina Central, un plan que contenga los puestos designados de confianza bajo los referidos incisos (1) y (2) con que interese funcionar. Los cambios que luego hubiere en dicho plan se informarán a la Oficina Central a fin de que ésta determine que tales cambios están en armonía con la Ley. -4-
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