Regl. 9692, art. I
INTRODUCCIÓN
Length: 108 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9692, Art. I
La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (Corporación), está
comprometida con los empleados, pacientes, patrono y público general que visite
cualquiera de las dependencias de la Corporación un ambiente seguro que proteja
la vida y propiedad. Para estos fines es necesario contar con un sistema de
seguridad óptimo que incluya tecnologÃa de vigilancia y grabación electrónica en
áreas designadas.
La Corporación reconoce el derecho constitucional de los trabajadores en Puerto
Rico, de estar protegidos contra riesgos a su integridad fÃsica y emocional, en su
lugar de empleo. Por tanto, se excluirá la vigilancia electrónica en áreas donde
se proteja la expectativa razonable de intimidad de la persona.