Regl. 4138, art. 8-8.1
Seguridad en el Empleo
Cite as Reglamento Núm. 4138, Art. 8-8.1
Los empleados de carrera con status regular tendrán
permanencia en sus puestos siempre que satisfagan los criterios de productividad, eficiencia, orden y disciplina que
deben prevalecer en el servicio público. Se establecerán
los referidos criterios a base de, entre otros factores, las
funciones de los puestos y los siguientes deberes y obligaciones de los empleados:
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1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.