Regl. 9697, art. 8.4 dup2
REQUISITOS ADICIONALES AL ESCRITO INICIAL CUANDO SE
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Cite as Reglamento Núm. 9697, Art. 8.4 dup2
ALEGUE DISCRIMEN
1. Cuando un promovente presente un escrito inicial, alegando la existencia de
cualquier tipo de discrimen, el mismo deberá detallar, en forma clara, los
hechos específicos que dan margen a su alegación e incluir copia de todos los
documentos disponibles para sostener sus alegaciones.
2. La Comisión solo asumirá jurisdicción sobre la controversia cuando el escrito
inicial contenga alegaciones específicas que establezcan, de su faz, la
existencia de la actuación discriminatoria.
3. Para que una apelación de discrimen incluya el reclamo de daños y perjuicios,
el escrito inicial deberá especificar la cuantía reclamada y el concepto de las
distintas partidas. El promovente deberá incluir los documentos que tenga
REGLAMENTO PROCESAL CASP
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CAPÍTULO VIII. PROCEDIMIENTO APELATIVO
disponibles para sostener la cuantía reclamada. De no alegarse
específicamente el reclamo de daños y perjuicios en el escrito inicial, se
entenderán renunciados para reclamarse ante este foro, sin menoscabo de
acudir al foro judicial.