Regl. 9697, art. 8.4 dup2

REQUISITOS ADICIONALES AL ESCRITO INICIAL CUANDO SE

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Cite as Reglamento Núm. 9697, Art. 8.4 dup2

ALEGUE DISCRIMEN 1. Cuando un promovente presente un escrito inicial, alegando la existencia de cualquier tipo de discrimen, el mismo deberá detallar, en forma clara, los hechos específicos que dan margen a su alegación e incluir copia de todos los documentos disponibles para sostener sus alegaciones. 2. La Comisión solo asumirá jurisdicción sobre la controversia cuando el escrito inicial contenga alegaciones específicas que establezcan, de su faz, la existencia de la actuación discriminatoria. 3. Para que una apelación de discrimen incluya el reclamo de daños y perjuicios, el escrito inicial deberá especificar la cuantía reclamada y el concepto de las distintas partidas. El promovente deberá incluir los documentos que tenga REGLAMENTO PROCESAL CASP 131 de 154 CAPÍTULO VIII. PROCEDIMIENTO APELATIVO disponibles para sostener la cuantía reclamada. De no alegarse específicamente el reclamo de daños y perjuicios en el escrito inicial, se entenderán renunciados para reclamarse ante este foro, sin menoscabo de acudir al foro judicial.
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