Regl. 9698, art. 10
COMIENZO DEL TÉRMINO
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Cite as Reglamento Núm. 9698, Art. 10
Los términos para tramitar la expedición de licencias, permisos o franquicias comenzarán a
contar a partir de la fecha en que se determine que una solicitud está completa y esté
acompañada de todos los documentos complementarios necesarios o aquellos que hayan sido
requeridos por la OCIF como parte de la evaluación de la solicitud.