Regl. 9704, art. 11
BENEFICIOS MARGINALES
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Cite as Reglamento Núm. 9704, Art. 11
Los beneficios marginales representan una retribución financiera indirecta que es
perfectamente cuantificable por lo que le provee ingreso adicional al empleado,
seguridad y mejores condiciones de empleo. La Autoridad es responsable de
mantener a los supervisores y empleados informados y orientados sobre los
beneficios marginales y los términos y condiciones que rigen su disfrute. La
administración de los beneficios marginales debe responder a un plan que mantenga
un balance adecuado entre las necesidades del servicio, las necesidades del
empleado y la utilización óptima de los recursos disponibles. De esa manera, los
beneficios marginales propenderán a establecer un clima de trabajo propicio a la
productividad.