Regl. 9704, art. 6-6.4
Especificaciones de Clases
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Cite as Reglamento Núm. 9704, Art. 6-6.4
Se preparará una especificación para cada una de las clases de puestos
comprendidas en el Plan de Clasificación. Las especÃficaciones serán descriptivas de
todos los puestos comprendidos en la clase. La Autoridad las utilizará como instrumento
básico en la clasificación y reclasificación de puestos; en la preparación de normas de
reclutamiento; en la determinación de las lÃneas de ascensos, traslados y descensos; en
la evaluación de los empleados; en la determinación de las necesidades de
adiestramiento del personal; en las determinaciones básicas relacionadas con los
aspectos de retribución, retención, presupuesto y transacciones de personal asà como
para otros usos en la administración de los recursos humanos.
La Autoridad es responsable de mantener al dÃa las especificaciones de clases conforme
a los cambios que ocurran en sus programas y actividades, y en las descripciones de los
puestos que requieran la modificación del plan de clasificación. Estos cambios serán
registrados en las especificaciones de clases.
Las especificaciones de clases contendrán en su formato general, los elementos que
se indican a continuación en el orden indicado.
1. Número de codificación - Es el número que se encuentra en la esquina
superior derecha de la especificación de clase y constituye la identificación de
esta.
2. TÃtulo oficial de la clase Este debe ser corto y descriptivo de las funciones
asignadas a la clase.
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3. Naturaleza del trabajo y Aspectos distintivos del trabajo - En éstos se identificarán
las caracterÃsticas que diferencian una clase de otra en cuanto a niveles de
complejidad, responsabilidad y autoridad, tipo y forma de supervisión que se
recibe y se ejerce, métodos que se utilizan para realizar el trabajo que incluya el
grado de libertad, independencia, uso de discreción y criterio, forma en que se
revisa el trabajo y su propósito.
4. Ejemplos de trabajo -Incluye las funciones comunes a los puestos agrupados en
la clase.
5. Conocimientos, habilidades y destrezas mÃnimas
a. Conocimientos - Incluirá la descripción de las materias con las cuales
deberán estar familiarizados los empleados y candidatos a ocupar los
puestos.
b. Habilidades Incluirá la capacidad mental y fÃsica necesaria para el
desempeño de funciones siempre que las mismas estén relacionadas O
sean necesarias y consistentes con las funciones inherentes a la clase de
puesto.
C. Destrezas - Incluirá la agilidad O pericia motora, asà como capacidades y
destrezas fÃsicas y/o mentales que deberán poseer los empleados O
aspirantes a ocupar determinada clase de puesto, siempre que las mismas
estén relacionadas O sean necesarias y consistentes con las funciones
inherentes a la clase de puesto.
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6. Preparación académica y experiencia mÃnima Indica la preparación académica
mÃnima requerida, el tipo y duración de la experiencia de trabajo mÃnima.
7. PerÃodo probatorio Es el término de tiempo requerido para el adiestramiento y
prueba práctica a la que será sometido el empleado nombrado en el puesto y
sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño de sus deberes y funciones. El
periodo probatorio será de tres (3) meses. Durante el periodo probatorio el
empleado no tiene adquirido ningún derecho propietario sobre el puesto.
Las especificaciones de clase quedarán formalizadas con la firma del Director
Ejecutivo O su representante autorizado.