Regl. 9704, art. 7-7.1

Normas de Reclutamiento

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Cite as Reglamento Núm. 9704, Art. 7-7.1

La Autoridad será responsable de formular y adoptar las normas de reclutamiento para las clases de puesto comprendidas en el Plan de Clasificación para el Servicio de Carrera, que propendan atraer y retener los recursos humanos más aptos e idóneos. Las normas de reclutamiento establecerán los requisitos mínimos, según contenidos en las especificaciones de clases con las alternativas diseñadas para los requisitos de experiencia. Los requisitos estarán directamente relacionados con las funciones de los puestos. Los requisitos tomarán en consideración la información disponible sobre el mercado de empleo y los recursos humanos. Las normas establecerán la clase O las clases de exámenes y el tipo de competencia que sean adecuados en cada caso. El tipo de competencia es el alcance O cobertura del proceso de reclutamiento y selección y es abierto al público en general. Las normas se revisarán cuando sea necesario para mantenerlas actualizadas de conformidad con el mercado de empleo.
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