Regl. 9704, art. 7-7.1
Normas de Reclutamiento
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Cite as Reglamento Núm. 9704, Art. 7-7.1
La Autoridad será responsable de formular y adoptar las normas de reclutamiento para
las clases de puesto comprendidas en el Plan de Clasificación para el Servicio de Carrera,
que propendan atraer y retener los recursos humanos más aptos e idóneos. Las normas
de reclutamiento establecerán los requisitos mÃnimos, según contenidos en las
especificaciones de clases con las alternativas diseñadas para los requisitos de
experiencia. Los requisitos estarán directamente relacionados con las funciones de los
puestos. Los requisitos tomarán en consideración la información disponible sobre el
mercado de empleo y los recursos humanos. Las normas establecerán la clase O las
clases de exámenes y el tipo de competencia que sean adecuados en cada caso. El tipo
de competencia es el alcance O cobertura del proceso de reclutamiento y selección y es
abierto al público en general. Las normas se revisarán cuando sea necesario para
mantenerlas actualizadas de conformidad con el mercado de empleo.