Regl. 9707, art. 7
Procedimiento para la presentación y tramitación de solicitudes de
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Cite as Reglamento Núm. 9707, Art. 7
autorización y notificaciones
Cuando por disposición de alguna ley administrada por la Corporación, una cooperativa de
ahorro y crédito asegurada o foránea requiera de una autorización para ejercer o llevar a cabo
una práctica regulada por esta, ofrecer algún servicio o producto que lo requiera o deba notificar
previo a comenzar alguna actividad, se seguirá el siguiente procedimiento:
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(1.) Presentación de solicitud y documentos requeridos
Para toda solicitud de autorización o notificación ante la Corporación será necesario completar
el formulario de Solicitud de Autorización o Notificación y someter los documentos
requeridos en la Hoja de Cotejo y Recibo que corresponde al tipo de Solicitud. Todos los
documentos deberán ser enviados vÃa correo electrónico a autorizaciones@cossec.pr.gov y
en el asunto deberá colocar el nombre de la cooperativa de ahorro y crédito, asà como el tipo
de solicitud que está presentando.
El sistema proveerá un acuse automático del recibo del correo electrónico.
Asimismo, deberá pagar un cargo de $100.00 por el procesamiento de la solicitud, pagadero a
la Corporación.
(6.) Notificación de la determinación e impugnación
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Una vez concluida la evaluación de la solicitud de autorización o notificación, la Corporación
notificará por correo electrónico a la cooperativa solicitante su determinación. En los casos en
que la Corporación deniegue la solicitud de autorización presentada o presente objeción a
alguna notificación, advertirá del derecho de la cooperativa a impugnar la determinación de la
Corporación por medio de un procedimiento adjudicativo formal. De ser este el caso, la
cooperativa deberá presentar una petición de impugnación dentro del término de 30 dÃas
contados a partir del envÃo de la notificación de dicha determinación. Este proceso se regirá
por las disposiciones de la Ley Núm.38-2017 y el Reglamento de Procedimientos
Investigativos y Adjudicativos vigente.
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Con la petición de impugnación, la cooperativa, deberá pagar un cargo de la presentación de
$100.00, pagadero a la Corporación."