Regl. 9707, art. 7

Procedimiento para la presentación y tramitación de solicitudes de

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Cite as Reglamento Núm. 9707, Art. 7

autorización y notificaciones Cuando por disposición de alguna ley administrada por la Corporación, una cooperativa de ahorro y crédito asegurada o foránea requiera de una autorización para ejercer o llevar a cabo una práctica regulada por esta, ofrecer algún servicio o producto que lo requiera o deba notificar previo a comenzar alguna actividad, se seguirá el siguiente procedimiento: 2 (1.) Presentación de solicitud y documentos requeridos Para toda solicitud de autorización o notificación ante la Corporación será necesario completar el formulario de Solicitud de Autorización o Notificación y someter los documentos requeridos en la Hoja de Cotejo y Recibo que corresponde al tipo de Solicitud. Todos los documentos deberán ser enviados vía correo electrónico a autorizaciones@cossec.pr.gov y en el asunto deberá colocar el nombre de la cooperativa de ahorro y crédito, así como el tipo de solicitud que está presentando. El sistema proveerá un acuse automático del recibo del correo electrónico. Asimismo, deberá pagar un cargo de $100.00 por el procesamiento de la solicitud, pagadero a la Corporación. (6.) Notificación de la determinación e impugnación fam Una vez concluida la evaluación de la solicitud de autorización o notificación, la Corporación notificará por correo electrónico a la cooperativa solicitante su determinación. En los casos en que la Corporación deniegue la solicitud de autorización presentada o presente objeción a alguna notificación, advertirá del derecho de la cooperativa a impugnar la determinación de la Corporación por medio de un procedimiento adjudicativo formal. De ser este el caso, la cooperativa deberá presentar una petición de impugnación dentro del término de 30 días contados a partir del envío de la notificación de dicha determinación. Este proceso se regirá por las disposiciones de la Ley Núm.38-2017 y el Reglamento de Procedimientos Investigativos y Adjudicativos vigente. 3 Con la petición de impugnación, la cooperativa, deberá pagar un cargo de la presentación de $100.00, pagadero a la Corporación."
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