Regl. 9708, art. 8
Cumplimiento con las leyes y reglamentación estatal
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Cite as Reglamento Núm. 9708, Art. 8
Toda cooperativa de ahorro y crédito foránea deberá cumplir con la regulación estatal
aplicable a sus operaciones. La Corporación podrá revocar la autorización para hacer
negocios en Puerto Rico a cualquier cooperativa de ahorro y crédito foránea que incumpla
con las leyes y reglamentos de Puerto Rico. Los procedimientos para revocar la
autorización para hacer negocios en Puerto Rico serán conforme el Reglamento Núm.
9441-2023 y la Ley Núm. 38.