Regl. 9708, art. 8

Cumplimiento con las leyes y reglamentación estatal

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Cite as Reglamento Núm. 9708, Art. 8

Toda cooperativa de ahorro y crédito foránea deberá cumplir con la regulación estatal aplicable a sus operaciones. La Corporación podrá revocar la autorización para hacer negocios en Puerto Rico a cualquier cooperativa de ahorro y crédito foránea que incumpla con las leyes y reglamentos de Puerto Rico. Los procedimientos para revocar la autorización para hacer negocios en Puerto Rico serán conforme el Reglamento Núm. 9441-2023 y la Ley Núm. 38.
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