Regl. 9708, art. 9
Autorizaciones
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Cite as Reglamento Núm. 9708, Art. 9
Las cooperativas de ahorro y crédito foráneas deberán cumplir con los requisitos de las
leyes de su estado de origen, asà como con las disposiciones del Reglamento Núm. 9443-
2023 en la tramitación de toda solicitud de autorización.