Regl. 4139, art. 3 dup2
Aplicabilidad
Cite as Reglamento Núm. 4139, Art. 3 dup2
Este Reglamento será de aplicabilidad a los empleados de
confianza que presten serviçios en el Departamento de Servicios
Contra la Adicción. En el caso de los demás empleados de confianza cuya naturaleza de confianza surge de disposiciones estatutorias especiales les serán aplicables sólo las disposiciones
de este Reglamento que no estén en conflicto con disposiciones
expresas sobre administración de personal establecidas en dichos
estatutos especiales u otros, O en otros reglamentos.
PARTE II