Regl. 4139, art. 4-4.2 dup2
Número de Empleados de Confianza
Cite as Reglamento Núm. 4139, Art. 4-4.2 dup2
1. El número total de empleados de confianza a tenor con los
incisos (1) y (2) de la Sección 4.1 que antecede no excederá de veinticinco (25). No obstante, la Oficina Central
podrá aprobar más de veinticinco puestos de confianza
cuando el tamaño, complejidad u organización de una agencia
requieran un número mayor de puestos de confianza para su
funcionamiento eficiente. En la designación de puestos de
confianza las autoridades nominadoras harán uso juicioso y
restringido de la facultad que a esos efectos les confiere
la ley.
2. La Secretaria presentará para la aprobación de la Oficina
Central, un plan que contenga los puestos designados de
Confianza bajo los referidos incisos (1) y (2) con que
interesen funcionar. Los cambios que luego hubiere en
dichos planes se informarán a la Oficina Central a fin de
que ésta determine que tales cambios están en armonÃa con
la ley.
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