Regl. 9711, art. VI-11

Funciones del Secretario

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Cite as Reglamento Núm. 9711, Art. VI-11

El Secretario de la Junta tendrá entre otras, las siguientes funciones: a. Preparar y custodiar todas las actas de las reuniones de la Junta y todos los documentos y materiales relativos a éstas. b. Custodiar el sello oficial de la Corporación. C. Firmar, junto con el Presidente, todas las actas y documentos relevantes de la Junta. d. Certificar la exactitud y fidelidad de los documentos públicos de la Junta y la veracidad de las determinaciones de ésta. e. Llevar a cabo todas aquellas otras funciones que la Junta tenga a bien asignarle.
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