Regl. 9711, art. VI-11
Funciones del Secretario
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Cite as Reglamento Núm. 9711, Art. VI-11
El Secretario de la Junta tendrá entre otras, las siguientes funciones:
a. Preparar y custodiar todas las actas de las reuniones de la Junta y
todos los documentos y materiales relativos a éstas.
b. Custodiar el sello oficial de la Corporación.
C. Firmar, junto con el Presidente, todas las actas y documentos
relevantes de la Junta.
d. Certificar la exactitud y fidelidad de los documentos públicos de la
Junta y la veracidad de las determinaciones de ésta.
e. Llevar a cabo todas aquellas otras funciones que la Junta tenga a bien
asignarle.