Regl. 9711, art. VI-12
Reuniones de la Junta
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Cite as Reglamento Núm. 9711, Art. VI-12
La Junta se reunirá en forma ordinaria O extraordinaria cuantas veces sea
necesario para el fiel y adecuado desempeño de sus funciones.
La Junta se reunirá de forma ordinaria, por lo menos, bimensualmente y
llevará a cabo cuantas reuniones extraordinarias sean necesarias.
Las mismas serán citadas cuando el Presidente de la Junta las estime
necesarias 0 cuando tres (3) miembros de la Junta asà lo soliciten. El Secretario
de la Junta notificará a cada miembro por correo electrónico y vÃa telefónica, por
lo menos tres (3) dÃas antes, la fecha pautada para cada reunión. Se enviará el
calendario de reuniones al comienzo de cada año fiscal, por correo electrónico.
En cumplimiento con lo estipulado en la Ley Núm. 159 de 24 de diciembre
de 2013, las reuniones de la Junta serán transmitidas vÃa internet, con audio e
imagen simultánea a la reunión, excepto en los siguientes casos:
Cuando se trate de una reunión de emergencia
Cuando se trate de una acción judicial
Cuando se discutan asuntos relativos a procedimientos internos de
Recursos Humanos, únicamente cuando se discutan de empleados
particulares e identificables, luego del procedimiento ordinario
establecido de sanciones, penalidades y/o bonificaciones por existir
riesgo de lacerar la intimidad del empleado. No aplicará esta
excepción cuando se traten temas de reestructuración de la
Corporación, cesantÃas y bonificaciones generales 0 por productividad.
Cuando se discutan asuntos protegidos por la Health Insurance
Portability and Accountability Act (HIPAA) O cobijados por la Regla 506
de las Reglas de Evidencia de 2009, según enmendadas, sobre la
relación médico-paciente.
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Cuando se trate de un secreto comercial 0 de negocios conforme a lo
establecido en la Regla 513 de las Reglas de Evidencia de Puerto
Rico.
En los casos donde no aplique alguna de las excepciones antes mencionadas, la
Junta notificará al público a través del portal de internet, toda reunión con al
menos 48 horas de anticipación. Esta notificación deberá contener la fecha,
hora exacta, lugar y enlace cibernético para observar la transmisión de la misma.
Las grabaciones de las reuniones de la Junta deberán ser archivadas en la
página principal de la Corporación y se deberá mantener copia fÃsica y
disponible al público dentro de un término de 30 dÃas calendarios.