Regl. 9711, art. VI-17
Acuerdos de la Junta
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Cite as Reglamento Núm. 9711, Art. VI-17
Todos los acuerdos de la Junta se tomarán y deberán contar con el voto
afirmativo de por lo menos cuatro (4) de sus miembros. Esto incluye acuerdos
en reuniones ordinarias, reuniones extraordinaria y emergencias.