Regl. 9717, art. 4.6

Proceso para documentar en la Bitácora de Incidentes

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Cite as Reglamento Núm. 9717, Art. 4.6

1) El Oficial de Seguridad o la persona designada a tales fines, mantendrá una Bitácora de Incidentes, en orden cronológico, donde describirá cada uno de los eventos extraordinarios que capten las cámaras de seguridad, así como las gestiones que se realizaron al respecto. Además, se registrará Reglamento sobre Normas de Seguridad y Acceso a las Facilidades de la OIG Página 34 de 47 OIG en tal Bitácora, toda acción tomada como resultado de un incumplimiento a la aplicación de este Reglamento y toda situación o evento que incida en la seguridad de los empleados, funcionarios, contratistas y visitantes, así como la propiedad de estos o de la OIG. En caso de que el incidente ocurra en horario laboral, el Oficial de Seguridad o la persona designada deberá cumplimentar esta información una vez advenga en conocimiento de la situación y se encuentre en las facilidades de la OIG. No obstante, de ocurrir fuera del horario laboral, el incidente será registrado una vez el Oficial de Seguridad o la persona designada se reintegre a sus labores. 2) La Bitácora de Incidentes incluirá, como mínimo, la siguiente información, según aplique: a) Número de incidente; b) nombre y firma de la persona que registra el incidente; c) fecha y hora de entrada del incidente en la Bitácora; d) fecha y hora del incidente; eer e) personas involucradas; f) resumen del incidente y acciones tomadas; g) funcionario, empleado o agente de ley y orden que recibió la notificación del incidente; h) cuando interviniese la Policía de Puerto Rico o cualquier otra agencia de ley y orden, se incluirá el número de querella, la información de Reglamento sobre Normas de Seguridad y Acceso a las Facilidades de la OIG Página 35 de 47 OIG contacto de los funcionarios que intervinieron y una narración de acciones tomadas por los agentes, y i) cualquier otra información pertinente. 3) Cuando la persona a cargo de los monitores identifique incidentes que requieran una observación y seguridad especial o que pudieran poner en riesgo la vida, la integridad física o la seguridad de los empleados, funcionarios, contratistas o visitantes, lo hará constar en la Bitácora de Incidentes. En dicha bitácora, se hará constar los hechos relacionados al evento y se hará referencia al día, mes, año y hora de la grabación.
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