Regl. 4139, art. 7 dup3
Ascensos, Traslados y Descensos
Cite as Reglamento Núm. 4139, Art. 7 dup3
Con el propósito de lograr la efectiva utilización de los recursos humanos la autoridad nominadora podrá ascender, trasladar O descender a sus empleados de un puesto a otro dentro del servicio de confianza.
Estas acciones podrán efectuarse en la misma agencia, entre
agencias comprendidas en la Administración Central, y entre agencias
de la Administración Central y Administradores Individuales O viceversa.