Regl. 9732, art. i-IV
INTERPRETACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 9732, Art. i-IV
Las palabras y frases utilizadas en este Reglamento se entienden generalmente por su
significado usual y corriente, sin atender demasiado al rigor de las reglas gramaticales,
sino al uso general y popular de las voces; pero cuando el legislador las ha definido
expresamente, se les da su significado legal.
Los términos utilizados en las ciencias y en las artes se interpretan según el significado y
la acepción admitida por los peritos o maestros en la ciencia, el arte O profesión a la cual
se refieren.
Cuando existan discrepancias entre el texto en español y el texto en inglés de una ley,
prevalecerá la versión en español, a no ser que la ley disponga algo distinto. Cuando la
ley provenga de otro ordenamiento jurÃdico, el lenguaje y el contexto original, se tomará en
consideración al interpretarla a tenor con las normas establecidas en este CapÃtulo.