Regl. 9733, art. IX-9.5

Método de Licitación Sellada

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Cite as Reglamento Núm. 9733, Art. IX-9.5

El Método de Licitación Sellada se utilizará para la adquisición de bienes o servicios no profesionales cuyo monto exceda el Umbral de Adquisición Simplificada, conforme a lo dispuesto en 2 C.F.R. § 200.320(b)(1) y FAR Parte 14. Este método requiere la existencia de especificaciones precisas y completas, la celebración de una Apertura Pública de Licitaciones, la evaluación de las ofertas recibidas y la adjudicación del contrato al licitador responsable cuya oferta responsiva presente el precio más bajo. La Invitación para Licitar (IFB) será el método preferido para la contratación de servicios de construcción, siempre que concurran las siguientes condiciones: i. Existan especificaciones completas, adecuadas y realistas; ii. Dos (2) o más licitadores responsables estén dispuestos a competir de manera efectiva; y iii. La adquisición sea susceptible de adjudicarse mediante un contrato a precio fijo, pudiendo basarse la selección principalmente en el precio. a. Solicitud y Recepción de Licitaciones La IFB deberá incluir las especificaciones, todos los términos y condiciones contractuales aplicables, y una declaración expresa de que la adjudicación se realizará al licitador responsable cuya oferta responsiva cumpla con los requisitos de la solicitud y presente el precio más bajo. La IFB deberá indicar claramente la fecha, hora y lugar para la recepción de las licitaciones y para la Apertura Pública de Licitaciones. La AVP podrá, a su discreción, celebrar una Conferencia Previa a la Licitación (Pre-Bid Conference). Ninguna manifestación verbal realizada en dicha conferencia modificará los términos de la IFB, salvo mediante enmienda escrita a la solicitud. Ave. Barbosa #606 Edificio Juan C. Cordero Dávila Piso 9, San Juan, PR 00918 I PO Box 363188 San Juan, PR 00936-3188 Tel. (787)759-9407 www.avo.or.gov Página 25 Manual de Adquisiciones Administración de Vivienda Pública El período entre la publicación de la IFB y la fecha de recepción de las licitaciones deberá ser suficiente para fomentar una competencia efectiva. b. Especificaciones Las especificaciones y documentos adjuntos deberán definir claramente los bienes 0 servicios requeridos, con el fin de permitir a los licitadores responder adecuadamente. Las especificaciones deberán redactarse de manera que fomenten la competencia y no resulten indebidamente restrictivas ni duplicativas (2 C.F.R. § 200.319(a)). c. Limitaciones Deberán evitarse en las solicitudes aquellas especificaciones que limiten la competencia, incluyendo, sin limitarse a: i. Requisitos innecesarios de experiencia o fianzas excesivas; ii. Requisitos irrazonables para cualificar como proveedor; iii. Restricciones geográficas no exigidas por ley federal, salvo en contratos de arquitectura e ingeniería; iv. Especificaciones de productos de marca sin permitir productos equivalentes. Cuando se utilicen referencias a marcas, estas deberán ir acompañadas de la expresión "o equivalente", y se informará a los licitadores que dichas referencias establecen únicamente los estándares deseados. Nada de lo dispuesto en esta política tendrá el efecto de excluir la aplicación de las leyes de Puerto Rico relativas a licencias profesionales. d. Apertura de Licitaciones y Adjudicación Todas las licitaciones recibidas deberán marcarse con fecha y hora para evidenciar su recepción oportuna. Las licitaciones se mantendrán en custodia segura hasta la Apertura Pública. La Apertura Pública de Licitaciones será documentada y se realizará en presencia de al menos un (1) testigo, pudiendo llevarse a cabo de forma presencial o virtual. El acta de apertura deberá incluir: i. Nombre de los licitadores; ii. Costos totales propuestos; iii. Monto de las fianzas de licitación; y iv. Fecha y hora de recepción de las ofertas. En caso de recibir ofertas igualmente bajas y responsivas, se utilizarán criterios secundarios como mecanismos de desempate. Ave. Barbosa #606 Edificio Juan C. Cordero Dávila Piso 9, San Juan, PR 00918 PO Box 363188 San Juan, PR 00936-3188 Tel. (787) 759-9407 www.avp.pr.gov Página 26 Manual de Adquisiciones Administración de Vivienda Pública e. Retiro de Ofertas i. Un licitador podrá retirar su oferta mediante notificación escrita antes de la Apertura Pública de Ofertas, mediante notificación escrita recibida en el área de Adquisiciones y Contratación conforme a lo establecido en la IFB. ii. Luego de la Apertura Pública de Ofertas, también podrá permitirse el retiro de una oferta baja si el licitador somete evidencia escrita que demuestre claramente que se cometió un error. Toda determinación que autorice el retiro de una oferta deberá documentarse en el expediente de la adquisición. Después de la Apertura Pública de Ofertas, no se permitirán cambios a las ofertas ni a otras disposiciones contenidas en estas.
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