Regl. 9733, art. IX-9.6.3
Precalificación de Fuentes 0 Listas de Precalificación (PQL por sus siglas en
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inglés)
a. Condiciones de uso: La PQL podrá utilizarse cuando sea necesario permitir que ciertos
aspectos del proceso competitivo se atiendan mediante un proceso de selección en dos
fases, de modo que las fuentes seleccionadas en la PQL puedan ser posteriormente
contratadas de manera acelerada o más eficiente. Este método resulta conveniente cuando
se identifica una necesidad general de servicios, pero el alcance específico del trabajo aún
se encuentra en desarrollo conforme evolucionan las necesidades del programa. La PQL
podrá resultar en una lista de fuentes determinadas como calificadas para una adquisición
particular, con competencia comprobada para desempeñarse de la manera requerida.
Cuando se haya completado una PQL y se haya establecido el grupo de proveedores
calificados, la solicitud de propuestas dirigida a dicha PQL no estará obligada a publicarse
mediante anuncio público. La necesidad de los servicios requeridos y el uso de la PQL
deberán ser identificados por escrito por el área que solicita la adquisición. Para
considerarse conforme con el requisito de competencia plena y abierta, la PQL deberá
recibir dos (2) 0 más respuestas.
b. Forma de solicitud: La primera fase del proceso de selección bajo la PQL se iniciará
mediante la emisión de una Solicitud de Cualificaciones (Request for Qualifications
RFQ). La RFQ deberá identificar claramente la importancia y el valor relativo de cada uno
de los factores de evaluación. Antes de emitir la RFQ, se establecerá un mecanismo para
evaluar de manera justa y exhaustiva las respuestas. Los criterios para seleccionar las
fuentes precalificadas para cada proyecto o tarea serán desarrollados por el área que solicita
la adquisición y variarán según la pericia requerida y los requisitos del proyecto o tarea
aplicable. Dichos criterios podrán incluir, entre otros, la exigencia de que el personal de la
firma demuestre experiencia y competencia específicas en un área o materia determinada,
conforme a los requisitos particulares del proyecto o de los servicios; el entendimiento
demostrado del requisito; la experiencia y cualificaciones profesionales del personal que
será asignado al proyecto; y el historial general de desempeño de la firma.La primera fase
se iniciará mediante una RFQ. Los criterios de selección variarán según la pericia requerida
y las necesidades del proyecto.
c. Evaluación: Las cualificaciones sometidas en respuesta a la RFQ serán evaluadas por un
Comité Evaluador. El Comité Evaluador deberá basar la evaluación y la recomendación
subsiguiente exclusivamente en los criterios establecidos en la RFQ. El Área de
Adquisiciones proporcionará la orientación necesaria a los miembros designados del
Comité Evaluador para respaldar un proceso de evaluación estandarizado y consistente.
(Véase ARTÍCULO II DEFINICIONES, Comité Evaluador).
d. Selección: La Junta de Subastas realizará la selección final con base en la RFQ, luego de
considerar la recomendación del Comité Evaluador. El(los) respondiente(s)
seleccionado(s) será(n) notificado(s) mediante una Notificación de Adjudicación emitida
por el Área de Adquisiciones conforme a la determinación de la Junta de Subastas. Cuando
se haya completado una PQL, se haya establecido el grupo de proveedores calificados y se
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Manual de Adquisiciones
Administración de Vivienda Pública
haya definido el alcance específico, la AVP iniciará una segunda fase del proceso de
selección mediante la solicitud de ofertas. Esta segunda fase no requerirá anuncio público.
Las ofertas de los respondientes seleccionados podrán solicitarse mediante un proceso de
Compra Pequeña o mediante una Solicitud de Propuestas (RFP), según se define en este
Manual. Luego del proceso de adquisición, la adjudicación se realizará conforme a los
requisitos establecidos en el método de adquisición utilizado.